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¿Qué pasa?

Conozca las normas que deben cumplir las piscinas residenciales

Los flotadores son elementos de seguridad obligatorios en el área de la piscina

Diana Lucía Díaz Patiño / GENTE DE CABECERA

 

¿Cuándo fue la última vez que usted o alguien de su familia utilizó la piscina de su conjunto? ¿Se fijó si cuenta con botiquín de primeros auxilios a la mano? ¿Hay al menos dos flotadores cerca y accesibles?

Con la temporada de vacaciones cerca vale la pena asegurarse de que la piscina de su unidad residencial, o aquella que frecuenta (por ejemplo la del Club o alguna piscina pública), está con toda la reglamentación al día.

Recuerde que son medidas establecidas que buscan principalmente la seguridad de todos los usuarios.

Por eso, en este artículo podrá conocer los puntos principales de la normatividad vigente, así como las recomendaciones de los expertos para prevenir accidentes en estos escenarios.

Normas mínimas de seguridad

Desde el año 2015, con el Decreto 554, se actualizó la reglamentación para las piscinas de conjuntos residenciales, en la cual se establece normas mínimas como:

-No permitir el acceso a menores de doce (12) años sin la compañía de un adulto.

-El agua debe permanecer limpia y sana.

-Se deberá tener un botiquín de primeros auxilios con material para curaciones.

-En el área de la piscina es obligatorio que haya por lo menos dos (2) flotadores circulares con cuerda y un bastón con gancho.

-Se deberá escribir en colores vistosos y en letra grande, visible con claridad para cualquier persona, la profundidad máxima de la piscina.

-En caso de emergencia, debe haber un teléfono o citófono en la zona de la piscina.

El letrero que indique la profundidad máxima de la piscina debe ser escrito en letras grandes y colores vistosos

Adicionalmente, las piscinas de conjuntos residenciales deben contar con una persona salvavidas por cada piscina durante los fines semana, al igual que en época de vacaciones escolares y cuando se realicen eventos sociales en la piscina o sus alrededores que involucren menores de 14 años.

Otros requisitos

La normatividad del 2015 se añadió a la reglamentación ya existente para las piscinas.

Se trata de la ley 1209 de 2008, que especifica que las piscinas de todo el país deberán tener dispositivos electrónicos, duchas, lava pies, vestidores, guardarropas, primeros auxilios, piscinero, piso antideslizante, baldosines claros, dos escaleras y desagües que no representen peligro para los bañistas, entre otros.

De acuerdo con la norma, los dispositivos electrónicos a base de baterías que funcionen de manera independiente, tendrán que producir sonidos de alerta superiores a 80 decibeles, en caso de que alguna persona caiga en la piscina.

Además es importante un drenaje que succione materiales flotantes como hojas, insectos, papeles, polvo, entre otros. Esos desagües deberán contar con un dispositivo que controle el grado de absorción y así no represente peligros para los bañistas.

Todas las piscinas deberán disponer de una persona encargada que realice el mantenimiento y control de las aguas.

Aparte, un piscinero que vigile a los bañistas y tenga alguna preparación, en cuanto a rescate y primeros auxilios, por si se presenta una emergencia.

Alrededor de la piscina debe haber andenes perimetrales, duchas, lava pies, vestidores, guardarropas, baterías sanitarias, sistemas de tratamiento, depósitos, zona de primeros auxilios y barreras que impidan el acceso directo a las albercas. Éstas deberán contar con puertas o torniquetes que dificulten su paso.

La instalación de un botiquín de primeros auxilios también hace parte de la reglamentación para el área de piscinas

“La forma y características de las piscinas evitarán ángulos, recodos, u obstáculos que dificulten la circulación del agua o representen peligro para los usuarios. No deben existir obstrucciones subacuáticas de cualquier naturaleza que puedan retener al bañista bajo el agua”, según la ley.

Es claro que las piscinas en Colombia, al igual que en el resto de países del mundo, se han convertido en requisito ‘indispensable’ de unidades residenciales, colegios, casas de campo y casas privadas, lo que aumenta el riesgo de estos accidentes, si no se toman las medidas preventivas adecuadas.

¿Cómo van los controles?

La Secretaría de Salud y Ambiente municipal es el ente encargado de vigilar y controlar estos sitios de recreación.

En la Comuna 12 se ha visitado 83 piscinas, de un total de 203, “cuyos resultados han estado dentro de la norma, sin riesgos”, según informó Adriana García-Herreros, Secretaria de Salud.

“Nosotros vamos a cada área de piscina, verificamos que haya una bitácora o registro donde se haga un control del cloro, de las medidas de protección del agua, además del cumplimiento de la norma”, agregó la funcionaria.

En este control las autoridades también analizan el nivel de ph del agua y el estado microbiológico.

Asegúrese que en su edificio o conjunto se haya realizado ya esta visita y sobretodo, si fue aprobada.

En caso de que observe alguna irregularidad y si lo considera necesario, puede comunicarse con la Secretaría de Salud local para iniciar los correctivos necesarios.

 

En cifras

203

piscinas existen en la comuna 12, según informe del primer trimestre de 2018 de la Alcaldía.