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Columnistas

Bucaramanga… ¡despierta!

GENTE DE CABECERA

Rigoberto Abello

Rigoberto Abello Soto / Ingeniero agrónomo

El desconocimiento de la ley, los deberes y derechos a los cuales todo ciudadano debe responder, son entre uno de los tantos defectos o circunstancias por las cuales todos los ciudadanos -sin distingos de color político y estratificación- pagamos caro en el manejo de la cosa pública (dineros, presupuestos, licitaciones amañadas, predial, valorización, tasas a la gasolina, estampillas, entre otros recaudos forzosos), en los jornadas políticas (concejales, alcaldes, ediles, juntas de acción comunal) en las que elegimos por motivación publicitaria, color, por el mal llamado TLC (tamales, lechona y cerveza) y por votos pagos.

Existe la ley 136 de 1994 (junio 2), Nivel Nacional, diario oficial No. 41377, por la cual se dictan normas tendientes a modernizar las organizaciones y el funcionamiento de los municipios. Esta está conformada por 203 artículos que dan la luz del buen manejo y el cumplimiento de la ley en la que nuestros servidores públicos (señor alcalde, concejales, ediles, juntas de acción comunal) deben hacer buen manejo de los dineros que pagamos en impuestos los ciudadanos comunes y corrientes.

El Artículo 1 define al Municipio como entidad territorial fundamental de la división político administrativa del Estado con autonomía política, fiscal y administrativa, dentro de los límites que señalan la constitución y la ley y cuya finalidad es el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio.

Entre las funciones del artículo tercero están promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural, planificar el desarrollo económico, social y ambiental de conformidad con la ley y en coordinación con otras entidades.

Como pueden observar, en los pequeños aportes de estos dos artículos siempre se habla de la constitución política.

Si nos culturizamos y desde ya comenzamos a prepararnos en la lectura, estudio y conocimiento de esta Ley 136 de 1994, el porvenir y el futuro de Bucaramanga para las próximas generaciones será otro y no nos volveremos a ver abocados a estas últimas cuatro administraciones funestas en la historia administrativa de nuestra ciudad bonita.