La habilitación de la IPS
Toda institución prestadora de servicios de salud para que sea legal y pueda funcionar debe cumplir con los Trámites de Habilitación.
Tal como lo dice el marco legal, la Habilitación consiste en una evaluación externa, de carácter gubernamental y obligatoria orientada a garantizar unas condiciones mínimas de seguridad, de manejo del riesgo y de dignidad para los usuarios.
Sin este cumplimiento no se pueden contratar servicios de salud, cuya vigilancia es competencia del Estado, específicamente de las Secretarías de Salud de cada Departamento de Colombia.
Todo ciudadano tiene el deber y derecho antes de ser atendido, de siempre recibir una respuesta satisfactoria por parte del gerente o responsable al preguntar si la IPS donde recibirá su tratamiento está habilitada.
La ley exige que el certificado de Habilitación debe estar en un lugar público y en dicho documento deben aparecer los servicios autorizados.
Estos se representan por medio de unos distintivos que son un símbolo dirigido a usuarios, así se les garantiza que el prestador se encuentra inscrito en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud de la entidad territorial correspondiente y ya fue objeto de verificación por parte de dicho ente.
Una manera de gozar de buenos servicios en salud, es tener una comunidad de usuarios culta, que tenga conocimiento de los conceptos fundamentales de un servicio de salud y demás exigencias físico-sanitarias que contiene el marco legal vigente, así es más fácil entablar o soportar una queja o sugerencia.
La calidad humana de un servicio es ya una tendencia en el mundo y ya es considerado como un asunto ético, que tiene que ver con los valores que conducen a los oferentes de la salud.
Por ese se dice que cuando los valores llevan a diseñar políticas, programas, realizar cuidados y velar por las relaciones asociadas con la dignidad de todo ser humano, hablamos de Humanización.