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¿Qué pasa?

Reductores de velocidad, ¿necesarios?

La transversal 93 también resulta peligrosa para los peatones, quienes a diario arriesgan sus vidas para poder atravesarla. Al respecto Miller Salar expresó que a esa vía se le están haciendo los estudios para saber si se instalan los resaltos.

La transversal 93 también resulta peligrosa para los peatones, quienes a diario arriesgan sus vidas para poder atravesarla. Al respecto Miller Salar expresó que a esa vía se le están haciendo los estudios para saber si se instalan los resaltos.

El debate sobre la implementación de reductores de velocidad en las calles de la comuna 12 está abierto.

La comunidad ha pedido a gritos, en varias oportunidades, la instalación en varios puntos denominados ‘neurálgicos’ por distintas circunstancias.

Por ejemplo, algunos usuarios de Facebook nos mencionaron lugares donde según su necesidad, debería haberlos: en la carrera 40, en la carrera 33 junto a las cebras frente a la Clínica Bucaramanga (doble) y en inmediaciones del Club Unión, el Centro Comercial Altamonte y Metropolitan Bussines Park.

Al respecto Miller Salas, director de Tránsito de Bucaramanga, informó que las instituciones, grupo de personas o entidades que requieran o crean que en su sector debe haber un reductor de velocidad, pueden presentar una solicitud directa y formal ante la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, DTB.

Allí se recibirá y se enviará a los encargados de Planeamiento Vial para que realicen un estudio de conteo de tráfico, flujo de personas y casos de accidentalidad, y así decidir si es viable o no la instalación de esta obra física.

La ley no recomienda instalar en vías rápidas resaltos. Al respecto Miller Salas recordó que en Cabecera se podrían incluir en esta lista las carreras 27, 33, 35A y 36.

¿Qué dice la ley?

La Ley 769 de 2002 expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre, y en su Artículo 74 establece que los conductores deben reducir la velocidad a 30 k/h en los siguientes casos:

– En lugares de concentración de personas y en zonas residenciales.

– En las zonas escolares.

– Cuando se reduzcan las condiciones de visibilidad.

– Cuando las señales de tránsito así lo ordenen.

– En proximidad a una intersección.

Igualmente, en su Artículo 120 destaca que los alcaldes o las secretarías de tránsito podrán colocar reductores de velocidad o resaltos en las zonas que presenten alto riesgo de accidentalidad.

A su vez, el Manual de Señalización Vial, elaborado por el Ministerio de Transporte en 2015, especifica otros casos en los que se debe tener en cuenta la ubicación de reductores:

– Cuando se transita por una carretera y se llega a una población en donde es necesario circular a una menor velocidad.

– En zonas urbanas en donde se requiere transitar a bajas velocidades por la presencia permanente de peatones que cruzan la vía.

– En zonas escolares ubicadas en áreas urbanas, con afluencia de menores de edad.

– En algunas zonas residenciales en donde se requiera disminuir la velocidad de los vehículos por antecedentes de accidentalidad.

Otro tipo de reductores de velocidad hay en la carrera 38 entre calles 48 y 51. Aunque han servido mucho a los peatones, también reclaman mantenimiento o reemplazarlos por resaltos de cemento, que duren más que estos estoperoles. Estas herramientas fueron puestas a inicios de 2013 y durante varios años los vecinos nos manifestaron su malestar para poder cruzar la vía.

Otro tipo de reductores de velocidad hay en la carrera 38 entre calles 48 y 51. Aunque han servido mucho a los peatones, también reclaman mantenimiento o reemplazarlos por resaltos de cemento, que duren más que estos estoperoles.
Estas herramientas fueron puestas a inicios de 2013 y
durante varios años los vecinos nos manifestaron su
malestar para poder cruzar la vía.

Uno de los reductores de velocidad del sector más criticado por los conductores es el que hace más de un año se instaló en la avenida González Valencia con calle 58. En su momento las autoridades de Tránsito dijeron que se instalaron porque primó la necesidad de los establecimientos comerciales que allí funcionan, sin embargo los trancones en esta vía aumentaron.

Algunos tipos de reductores

1. Resalto trapezoidal o pompeyano. Además de cumplir la función de reducir la velocidad de los vehículos, sirven como pasos peatonales o de bicicletas. El efecto en los vehículos automotores y las motocicletas es similar, obligando a todo el tránsito a reducir su velocidad.
2. Resalto parabólico o circular. Cumplen la función de reducir la velocidad de los vehículos que circulan por la calzada, ya que al pasar a mayor velocidad causan una oscilación importante en el vehículo; para evitar
3. Resalto virtual. Es una demarcación sobre la superficie del pavimento (pintada) que busca generar en el conductor la sensación de estar observando un resalto, como el descrito en la sección anterior, con el propósito de inducirlo a disminuir la velocidad del vehículo. Son de colores amarillo y blanco. El uso de estos elementos se recomienda en zonas residenciales, ya que no generan ruido ni vibraciones.
4. Resaltos portátiles. Son elaborados en plástico o cualquier otro tipo de material sintético de bajo peso y de alta resistencia al impacto, que se colocan sobre la superficie de la vía como reductores de velocidad temporales. Podrán ser utilizados para operativos policiales o en zonas escolares a las horas de salida de los estudiantes.
En cifras

 

10

centímetros de altura máxima debe tener un reductor de velocidad.